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normativa_de_puertas

Marcado CE

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Les comunicamos que la normativa actual reguladora de la actividad de los fabricantes de puertas industriales, comerciales y de garajes establece que según el informa del Ministerio de Industria Turismo y Comercio con fecha 13 de Diciembre del 2010 es obligatorio el marcado CE y el mantenimiento de dichas puertas.

Dicha normativa (EN-13241-1: 1:2004) obliga a la instalación de unos sistemas de seguridad y homologación de las puertas señaladas anteriormente, debiendo cumplir los requisitos en ella establecidos.

Respecto a las puertas ya instaladas deben cumplir el documento básico de seguridad de utilización "SU" del Código Técnico de la edificación (Orden VIV/984/2009 de 15 de abril, BOE 23-04-2009) es decir la Directiva Máquinas 2006/42/CE la Directiva de Baja Tensión 2006/95/CE, la Directiva Compatibilidad Electromagnética 2004/108/CE y las normas UNE-EN 13241-1:2004 y UNE-EN 12635:2002+A1 2009.

Todo estro implica la obligación del mercado CE y la declaración CE de conformidad de la puerta con respecto a todas las directivas anteriores.

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